Local / Comercial En Venta - Del Valle, Aristobulo al 300, La Boca - US$ 55.000 - 0 ambientes

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  • 07-Dec-2018  :  US$ 55.000
  • 08-Mar-2018  :  $ 7.500 / Mes
  • 31-Aug-2013  :  $ 1.800 / Mes

Propiedad Vendida o alquilada

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Sumario

Precio
US$ 55.000 (US$ 1.375 / m²)
Clase
Local / Comercial
Ambientes
0 ambientes
Localidad
La Boca
Superficie
40 m2
Dirección
Del Valle, Aristobulo 300, La Boca, Capital Federal, Buenos Aires. Ver en Mapa  

Info Importante

Código
# 335377 (SBI-SBI-67)
Expensas
$ 3.530 / Mes
Última Act.
02/06/2021
Antiguedad
30 años

Descripción

- (SBI-SBI-67) - LOCAL EN ALQUILER LA BOCA CAPITAL FEDERAL Local con vidriera y persiana metálica. 40 m2. A 100 mtrs de la Av. Alte. Brown. Expensas $3.530. Apto todo destino. REQUISITOS: Garantia Propietaria de Cap. Fed. + Un mes de Depósito + un mes de Anticipo + Comision 5 . AUMENTO SEMESTRAL DEL 15 .SBI Propiedades Tel Av. Alte. Brown 875, CABA - CP 1155 LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15 ) del valor total del respectivo contrato LEY N° 3.588 Artículo 1°.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2°, y 57 de la Ley N° 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2°.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales N° 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley N° 757. Artículo 3°.- Comuníquese, etc. - estado bueno, antiguedad 30
Local En Venta
Del Valle, Aristobulo Al 300, La Boca.

Características

  •  

    Depósito

  •  

    Balcón

Contacto Con Scotto Brokers Inmobiliarios

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